San Pablo, 02 de abril de 2007
VISTO:
Que el Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionaron la Ley 25.370 que declara le fecha 2 de abril como "Día del Veterano y de los Caídos en la guerra en Malvinas".
CONSIDERANDO:
Que el Tratado de Institucionalización del Parlamento Latinoamericano consagra, entre otros, los siguientes Propósitos:
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luchar por la supresión de toda forma de colonialismo, neocolonialismo, racismo, y cualquier otra forma de discriminación en América Latina;
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oponerse a la acción imperialista en América Latina, recomendando la adecuada legislación normativa y programática que permita a los pueblos latinoamericanos el pleno ejercicio de su soberanía permanente sobre los recursos naturales y su mejor utilización y conservación;
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contribuir a la afirmación de la paz, la seguridad y el orden jurídico internacionales y luchar por el desarme mundial, denunciando y combatiendo el armamentismo y la agresión de quienes sustenten la política de la fuerza, que son incompatibles con el desarrollo económico, social, cultural y tecnológico a que tienen derecho los pueblos de América Latina, y
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canalizar y apoyar las exigencias de los pueblos de América Latina, en el ámbito internacional, respecto al justo reconocimiento de sus derechos en la lucha por la instauración de un Nuevo Orden Económico Internacional;
Que estos propósitos se basan en principios tales como la defensa de la democracia; la integración latinoamericana; la no intervención; la condena a la amenaza y al uso de la fuerza contra la independencia política y la integridad territorial de los Estados; la solución pacífica, justa y negociada de las controversias internacionales; y la prevalencia de los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados, de conformidad con la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.
Que la Constitución Nacional de la República Argentina establece que la Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional; y que la recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.
Que la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 2065 (XX) de 1965 y resoluciones que la ratifican, recoge la doctrina de la aplicación del principio de integridad territorial y declara la existencia de una disputa de soberanía, llamando a los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a continuar con las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, a fin de encontrar una solución pacífica al problema.
Que el mencionado Comité Especial, entre otros aspectos de su resolución adoptada con fecha 15 de junio de 2006, reiteró que la manera de poner fin a esta especial y particular situación colonial es la solución pacífica y negociada de la controversia sobre soberanía que existe entre las Partes; y lamenta que, a pesar del amplio respaldo internacional a una negociación entre las mismas que incluya todos los aspectos sobre el futuro de las Islas Malvinas, aún no hayan comenzado a aplicarse las resoluciones de la Asamblea General sobre esta cuestión.
Que el Parlamento Latinoamericano se pronuncia permanentemente respecto de esta controversia en busca de la aplicación de los principios y propósitos mencionados.
DECLARA:
Ratificar los términos de sus declaraciones anteriores, en especial la de la X Asamblea Ordinaria (Bogotá, Colombia, en 1982), en la cual se reafirma que América Latina constituye de hecho una unidad geográfica y cultural que debe ser preservada y perfeccionada, y la de la XII Asamblea Ordinaria (Buenos Aires, Argentina, 1988) según la cual “conforme ha sido declarado reiteradamente por la Organización de las Naciones Unidas, el proceso de descolonización debe realizarse a través de la negociación con agenda abierta, por lo cual insta a las partes, y en especial al Reino Unido, a producir actos destinados a ese fin”.
Respaldar todas las actuaciones que, por la vía pacífica y conforme al Derecho Internacional, se realicen en la búsqueda de una solución para esta controversia que hace al respeto a la integridad territorial tanto argentina como latinoamericana.
Recordar, con consternación, la conmemoración del "Día del Veterano y de los Caídos en la guerra en Malvinas".
San Pablo, 02 de abril de 2007.
Senador Jorge Pizarro
Presidente
Parlamento Latinoamericano







