ACUERDO DE COOPERACION ENTRE
LA ASAMBLEA PARLAMENTARIA DEL CONSEJO DE EUROPA (APCE) Y
EL PARLAMENTO LATINOAMERICANO (PARLATINO)
I. Objeto del Acuerdo
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El presente Acuerdo tiene por objeto el desarrollo de la cooperación entre la APCE y el PARLATINO, en un espíritu de pleno respeto de sus competencias respectivas. Habida cuenta de sus preocupaciones comunes y de su complementariedad a escala intercontinental, las dos instituciones acuerdan establecer un diálogo político con el fin de promover, en particular, los principios de la democracia parlamentaria, del Estado de derecho y del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.
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El PARLATINO animará a las autoridades competentes a que consideren la posibilidad de firmar, ratificar y acceder a los convenios pertinentes del Consejo de Europa abiertos a Estados no miembros de la organización, así como a que hagan uso de la experiencia acumulada por la Comisión europea para la democracia por el Derecho (« Comisión de Venecia ») y por el Centro europeo para la interdependencia global y la solidaridad («Centro Norte-Sur »).
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La APCE y el PARLATINO se esforzarán particularmente en exhortar a las autoridades latinoamericanas competentes, en los casos en que fuera necesario, para que instauren una moratoria sobre las ejecuciones de la pena capital y procedan a abolir la pena de muerte.
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II. Representación recíproca
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La APCE y el PARLATINO se invitarán mutuamente a estar representados en sus reuniones plenarias estatutarias. Cada Presidente será invitado, a intervalos adecuados, a tomar la palabra durante las sesiones de la otra institución.
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Las mismas disposiciones se aplicarán a las reuniones ad hoc tales como conferencias, seminarios, coloquios y otras manifestaciones organizadas por la APCE o el PARLATINO.
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III. Actividades conjuntas
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Basándose en sus respectivos mandatos, la APCE y el PARLATINO podrán organizar conjuntamente manifestaciones de carácter específico en ámbitos de interés común – como la democracia parlamentaria, el Estado de derecho, los derechos humanos y las relaciones Norte-Sur – o bien asociarse a la organización de tales manifestaciones.
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IV. Disposiciones prácticas
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La APCE pondrá a disposición del PARLATINO su experiencia en materia de práctica y procedimiento parlamentarios.
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La APCE y el PARLATINO intercambiarán con regularidad documentos oficiales y, en particular, el orden del día de las reuniones estatutarias así como las resoluciones y recomendaciones adoptadas.
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Los documentos de mutuo interés podrán ser distribuídos a los miembros de las dos instituciones. Cuando fuese conveniente, la APCE y el PARLATINO podrán presentar comunicaciones escritas sobre temas en discusión en la otra institución.
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Los cargos directivos de la secretaría de la APCE y de la secretaría del PARLATINO se reunirán periódicamente para consultas con el fin de reforzar la cooperación y la coordinación entre ambas instituciones.
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La APCE expresa su disposición a organizar sesiones de formación en el marco de este acuerdo.
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V. Disposición final
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El presente Acuerdo de cooperación entrará en vigor el día de la firma por las dos partes. Podrá ser enmendado por común acuerdo de las partes, o suspendido o anulado por decisión de alguna de las partes.
| Senador Jorge Pizarro | Senador Lluis Maria de Puig |
| Presidente del Parlamento Latinoamericano | Presidente de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa |
| Senadora Sonia Escudero | Doctor Mateo Sorinas |
| Secretaria General del Parlamento Latinoamericano | Secretario General de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa |







