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Los Vicepresidentes son los parlamentarios designados ante el Parlamento Latinoamericano por los Congresos miembros o Asambleas Legislativas como sus representantes permanentes en la Junta Directiva y tendrán las siguientes atribuciones:
a) Representar a la Organización, en coordinación con su Presidente y demás miembros de la Junta Directiva, en sus relaciones y gestiones oficiales ante los respectivos Parlamentos miembros, gobiernos, organismos gubernamentales y no gubernamentales, así como ante las agencias, entidades y organismos internacionales con sedes u oficinas en el país al que representare;
b) Reemplazar temporalmente al Presidente, en defecto del Presidente Alterno, mientras la Junta Directiva procede a llenar la vacancia de éste.
c) Velar por el normal funcionamiento de los órganos del Parlamento Latinoamericano que se reunieren en sus respectivos países y supervisar el trabajo de las Comisiones cuyas presidencias o vicepresidencias correspondan al país que representan;
d) Actuar como vocero autorizado para la difusión en sus respectivos países, de los acuerdos, recomendaciones o resoluciones aprobadas por el Parlamento Latinoamericano;
e) Participar en las sesiones y trabajos de las Comisiones, especialmente de las que se realicen en sus países;
f) Tramitar ante sus respectivos Parlamentos nacionales y Gobiernos el adecuado y oportuno cumplimiento de los acuerdos, recomendaciones o resoluciones emanadas de los órganos del Parlamento Latinoamericano.
Los Vicepresidente, además de lo estipulado en el Estatuto, se aplicara las que le fueren señaladas en el Reglamento.






