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El Presidente delegado permanecerá en ese cargo por el período siguiente al cese de su mandato y por el subsiguiente en caso de que el Presidente sea reelecto por aplicación del Parágrafo 1º del artículo 27º y representará al Parlamento en las misiones que le sean especialmente encomendadas.
En el caso de que el Presidente delegado no tuviere la condición de parlamentario integrará la Mesa y la Junta Directiva solamente con derecho a voz. Senador Jorge Pizarro
Presidente Delegado
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Senador Jorge Pizarro



